En consecuencia, este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, declara:
DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL propuesta por los ciudadanos JESÚS ÁNGEL SOTO FARÍAS y RUBY ESTELLA VILLADIEGO DE SOTO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-7.816.173 y V-12.468.173, respectivamente, domiciliados el primero en el Parcelamiento El Sol, Calle Principal, Casa sin número, Sector Punta Gorda, Municipio Cabimas del Estado Zulia y la segunda domiciliada en el Barrio Bello Monte, Avenida 49, Casa N° 129-29, Parroquia Manuel Dagnino, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, conforme a lo establecido en el artículo 185 del Código Civil, y el criterio de la sentencia Nº 693 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha dos (2) de junio de 2015, bajo la.....