DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: EXTINGUIDA LA ACCIÓN POR PÉRDIDA DE INTERÉS PROCESAL, en la demanda demanda que por COBRO DE BOLÍAVRES (INTIMACIÓN), seguida por la ciudadana YULYMAR CORREDOR DE LOPEZ, titular de la cédula de identidad numero V-13.500.237, actuando como apoderada de la DROGUERIA EMMANUELLE C,A Sociedad Mercantil, inscrita en el Registro mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Lagunillas, en fecha veinte (20) de octubre de 2015, quedando anotada bajo el Nº 21, Tomo 43-A, Tercer Trimestre, inscrita en el Registro Único de Información Fiscal (RIF) bajo el Nº J-40678663-2, ubicada en la Av Intercomunal, Esquina Monagas, casa s/n, Sector san Isidro, av.....