Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, Extensión Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA APROBADO Y HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO en materia de Custodia como Atributo de la Responsabilidad de Crianza, suscrito en fecha Veintitrés (23) de Septiembre de Dos Mil Catorce (2014), por ante la Fiscalía Trigésima Sexta (36°) del Ministerio Público del estado Zulia, con sede en Cabimas, por los ciudadanos: MARLENY DEL CARMEN GALUE y JIMMY JOSE OROÑO MILLANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nos. V-17.334.389 y V-12.468.546, respectivamente, domiciliados en Jurisdicción del Municipio Santa Rita del Estado Zulia, pasándolo en autoridad de Cosa Juzgada como Sentencia Definitivamente firme, de conformidad con lo establecido en el .....