Se ordena actualizar el registro policial que se origino con ocasión al presente proceso penal, conforme a los artículos 28 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, una vez que quede firme la presente decisión. Remítase las actuaciones al archivo central para su guarda y custodia, y en la oportunidad correspondiente.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de decisiones llevado por este Tribunal de Juicio Especializado. Notifíquese a las partes. En la Asunción, a los veintiocho (28) días del mes de febrero de dos mil trece (2013).