DECLARA: 1) CONSUMADO el desistimiento del recurso de apelación propuesto por el ciudadano JONNY JOSÉ TABORDA QUIVERA, contra la sentencia definitiva dictada en fecha 14 de agosto de 2012, por el Juzgado de los Municipios Machiques de Perijá y Rosario de Perijá de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. 2) HOMOLOGA el acuerdo de fijación de Obligación de Manutención subsidiaria celebrado por los ciudadanos JONNY JOSÉ TABORDA QUIVERA y PAÚL ALEJANDRO TABORDA PATERNINA, le imparte aprobación y otorga el carácter de cosa juzgada, cuyos términos constan en el capítulo III del presente fallo y los cuales se dan aquí por reproducidos. 3) ADVIERTE a la Jueza del Juzgado de los Municipios Machiques de Perijá y Rosario de Perijá de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, que debe garantizar el derecho a opinar y ser oído de los niños, niñas y adolescentes, consagrado en el artículo 80 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en los procedimientos judicia.....