DECISION: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por el demandado-reconviniente; NULA la sentencia de fecha 21 de abril de 2009, dictada por el Juez Unipersonal Nº1 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, sede en Maracaibo; REPONE la causa al estado en que el Juez a quien corresponda conocer, ordene la evacuación de la prueba de informes admitida para ser evacuada en el extranjero, de conformidad con lo previsto en la Ley Aprobatoria del Convenio de la Haya relativo a la Obtención de Pruebas en el Extranjero en materia Civil y Mercantil, publicada en Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 4.635, de fecha 28 de septiembre de 1993 y, una vez obtenida sus resultas de acuerdo con lo previsto en la legislación venezolana, se proceda al dictado del fallo analizando todas y cada una de las pruebas que cursen en los autos