Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Superior Primero del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: 1) SIN LUGAR los alegatos formulados por la parte actora contra el escrito de formalización. 2) SIN LUGAR la apelación diferida contra la decisión de fecha 21 de septiembre de 2017, dictada por el Tribunal Quinto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, sede Maracaibo, que admitió la prueba documental de Constancia de Concubinato. 3) PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación formulado por la parte demandada contra la sentencia de mérito. 4) NIEGA LA HOMOLOGACIÓN del allanamiento solicitado por ambas partes. 5) NULA la sentencia de fecha 6 de junio de 2018 dictada .....