DECLARA:
A.- APROBADO Y HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO suscrito en fecha veintisiete (27) de abril de 2015, por los ciudadanos: JENNY DEL VALLE ALBORNOZ MARVAL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.950.178, domiciliada en la avenida 42, sector Los Samanes, casa N° 13, Ciudad Ojeda, representada por la Abogada MARIA EUGENIA MEDINA FLORES, en su carácter de Fiscal 36° del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial; y GREGORIO ANTONIO PIMENTEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.206.195, domiciliado en la avenida 42, sector Turiacas, casa s/n, en Jurisdicción del municipio Lagunillas del estado Zulia, asistida por las abogadas en ejercicio ELVIRA OLIVEROS y MILEYDIS RODRIGUEZ, inscritas en el INPREABOGADO bajo los N° 164.934 y 169.868, respectivamente. PASÁNDOLO EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA.
B.- No se archiva el expediente por estar pendiente el cumplimiento de lo convenido.
C- No hay condenatoria en costas en .....