DECLARA:
A.- APROBADO Y HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO suscrito en fecha veintiocho (28) de octubre de 2016 por ante este Tribunal, por los ciudadanos: AVY ANNELY RODRIGUEZ LÓPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-15.603.354, domiciliada en el municipio Lagunillas del estado Zulia, asistida por el Abogado en Ejercicio LUIGI GUZMAN RAGONE, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 130.916; y JOSE ALEXANDER MEDINA TORREALBA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-8.895.023, domiciliado en el municipio Lagunillas del estado Zulia, asistidos por las Abogadas en Ejercicio MAYRELIS REYES y NEILA MARTÍNEZ, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nos. 96.838 y 51.621, respectivamente, respecto a las Instituciones Familiares en beneficio de los hijos de ambos, los niños: (SE OMITE DE CONFORMIDAD CON EL ART. 65 LOPNNA), PASÁNDOLO EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA.
B.- No hay condenatoria en costas en virtud de que la homologación obedece al pr.....