DECLARA:
A. APROBADO Y HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO suscrito en fecha treinta (30) de septiembre de 2016, por los ciudadanos: DAYANA JOSEFINA NAVA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.861.152, domiciliada en el municipio Simón Bolívar del estado Zulia, asistida por la abogada DIAMELIS SANCHEZ, Defensora Publica Primera adscrita a la Unidad Defensa Pública de Protección de Adolescentes, Niñas y Adolescentes del estado Zulia, extensión Cabimas y NEOMAR ALEXANDER ALVAREZ MAUSANE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.329.221, domiciliado en el municipio Cabimas del estado Zulia, asistido por la abogada en ejercicio MARIAM CORINA CHIRINOS DURÁN, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 205.608, en beneficio del hijo de ambos, el adolescente (SE OMITE DE CONFORMIDAD CON EL ART. 65 LOPNNA), de doce (12) años de edad. PASÁNDOLO EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA.
B.- No se archiva el expediente por estar pendiente el cumplimiento de lo .....