declara:
• CON LUGAR la demanda de divorcio intentada por el ciudadano: CARLOS ALBERTO VALERA HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-16.832.354, domiciliado en el Municipio Valmore Rodríguez del Estado Zulia, debidamente asistido por la Abogada en Ejercicio CARMEN EMILIA MOLINA CHACON, inscrita en el Inpreabogado bajo el No.84.223, en contra de la ciudadana XIOMARA CHIQUINQUIRA RODRIGUEZ WEFFER, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-17.825.261, domiciliada en el Municipio Valmore Rodríguez del estado Zulia, de conformidad con la causal segunda del artículo 185 del Código Civil, referida al abandono voluntario.
• DISUELTO el vínculo matrimonial que contrajeron los ciudadanos antes mencionados por ante el Jefe Civil de la parroquia La Victoria del Municipio Valmore Rodríguez del estado Zulia, tal como se evidencia en copia certificada del Registro Civil de Matrimonio No. 01, en fecha 14 de febrero de 2000.
Así .....