DECLARA:
A.- APROBADO Y HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO suscrito en fecha veinte (20) de enero de 2015, por los ciudadanos: RAMON ENRIQUE MONTERO MELEAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.707.056, domiciliado en la calle El Cristo, sector Punta Iguana Norte, casa Nº 25, municipio Santa Rita del estado Zulia, representado por la Abogada MARIA EUGENIA MEDINA FLORES, en su carácter de Fiscal Trigésimo Sexta (36º) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Zulia; y TRINIDAD YAJAIRA MIRANDA ORELLANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.965.110, domiciliada en jurisdicción del municipio Santa Rita del estado Zulia, asistido por las Abogadas en Ejercicio RAIDA NUÑEZ y VERONICA MENDEZ, inscritas en el INPREABOGADO bajo el Nº 104.778 y 132.859, respectivamente, en beneficio de la niña (Se omite de conformidad a lo establecido en el articulo 65 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes). .....