DECLARA:
A.- APROBADO Y HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO suscrito en fecha dieciséis (16) de abril de 2015, por los ciudadanos: JOLIMAR TERESA GOMEZ QUERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-15.973.434, domiciliada en: Urbanización Buena Vista, Calle 2, Casa No. G-21, Parroquia Carmen Herrera, en la ciudad y municipio Cabimas del estado Zulia, debidamente asistida por la Abogada en Ejercicio MARITZA VELASQUEZ QUERO, inscrita en el INPREABOGADO bajo el No. 38.197; y EDUARDO ENRIQUE LAVIERA GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-15.602.498, domiciliado en: Urbanización Taparito, Casa No. 2, en Tía Juana, en Jurisdicción del municipio Simón Bolívar del estado Zulia, asistido por la Abogada en Ejercicio MARIA ROSAL, inscrita en el INPREABOGADO bajo el No. 121.260, en beneficio de la niña (Se omite de conformidad a lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes). PASÁNDO.....