declara:
• CON LUGAR la solicitud de Divorcio por mutuo consentimiento realizada por los ciudadanos AVY ANNELY RODRIGUEZ LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-15.603.354 y JOSE ALEXANDER MEDINA TORREALBA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-8.895.023, asistidos por los Abogados en Ejercicio LUIGI GUZMAN RAGONE, MAYRELIS REYES y NEILA MARTINEZ, inscritos en el INPREABOGADO bajo los Nos. 130.916, 96.838 y 51.621, respectivamente; en relación con los niños (SE OMITE DE CONFORMIDAD CON EL ART. 65 LOPNNA), de 5 y 2 años de edad; en consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial que contrajeron ante el Registrador Civil del municipio Lagunillas del estado Zulia, tal como se evidencia en copia certificada del Registro Civil de Matrimonio No.134, en fecha 18 de mayo de 2012, con fundamento en lo establecido por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en la sentencia No. 693, de fecha 2 de juni.....