Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, con competencia para el Régimen Procesal Transitorio, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA la EXTINCION DE LA CAUSA, por efecto de la Perención de la Instancia, en la presente Solicitud de: TUTELA, intentada por los ciudadanos: IRIDIA MAIGUALIDA PIRELA DE PEREZ y EBRAIN GABRIEL BRACHO TOMPATERA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nos. V-3.636.578 y V-15.529.462, respectivamente, la primera de los nombrados domiciliada en Jurisdicción del estado Trujillo y el segundo domiciliado en el Municipio Lagunillas del estado Zulia, en beneficio de los niños y/o adolescentes: (Se omiten de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y A.....