Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA APROBADO Y HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO suscrito por las partes, pasándolo en autoridad de cosa juzgada como sentencia definitivamente firme, de conformidad con lo establecido en el artículo 470 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Se ordena oficiar a la entidad bancaria BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO a los fines de que se sirva aperturar cuenta de ahorros a nombre de la ciudadana WILMAR JOSEFINA GARCIA CAMACHO, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº V-13.362.199, domiciliada en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia. OFICIESE.
Publíquese, regístrese. Déjese por secre.....