PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
a) CON LUGAR la solicitud de Divorcio basada en el artículo 185-A del Código Civil, formulada por los ciudadanos LIOSWELD ANTONIO NAVA y MICHELLE CAROLINA PEROZO CARABALLO, venezolanos, casados, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad Nº V-17.336.698 y V-13.839.604, respectivamente
b) DISUELTO el matrimonio civil por ante la Autoridad Civil de la Parroquia Carmen Herrera del Municipio Cabimas del Estado Zulia, en fecha el fecha 07 de Julio del 2006, según se evidencia del acta de matrimonio No. 131, expedida por la misma.