Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, extensión Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 185-A DEL CODIGO CIVIL, interpuesta por los ciudadanos HANNYLETH YEGSAY COLINA LEAL y ENDER OMAR CHIRINOS CAMPOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-18.508.995 y V-17.649.968, respectivamente, domiciliados en Ciudad Ojeda, municipio Lagunillas del estado Zulia.
DISUELTO el vínculo matrimonial que en ocho (08) de diciembre de dos mil seis (2.006), y por ante la Primera Autoridad Civil de la parroquia Alonso de Ojeda del municipio Lagunillas del estado Zulia, contrajeran los ciudadanos HANNYLETH YEGSAY COLINA LEAL y ENDER OMAR CHIRINOS CAMPOS.
Se homol.....