Por los fundamentos antes expuesto este Tribunal en FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA la LIBERTAD, del ciudadano CAYETANO BENITO MENCHACA ARENAS, titular de la cedula de identidad 9.724.239, por encontrarse vencido el lapso para la presentación de detenido por ante el tribunal de acuerdo a lo establecido en el Artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal , en concordancia los Principios de Afirmación de Libertad y presunción de Inocencia, previstos en los articulo 8 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal, ordenando la Inmediata Libertad. Igualmente este Tribunal acuerda fijar por auto por separado la fecha para la celebración del Juicio Oral y Publico y resolver sobre la orden de aprehensión dictada por el Juzgado Tercero de Juicio Penal ordinario en fecha 13 de agosto del 2007, mediante decisión 36-07.
JUEZA EN FUNCIONES DE JUICIOL
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