Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado SEGUNDO EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACEPTA EL ARCHIVO FISCAL de la investigación instruida en contra del ciudadano: ANTONIO GERARDO GONZALEZ Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-13.003.736, por la presunta comisión de los delitos de: VIOLENCIA FISICA, AMENAZA Y ACOSO U HOSTIGAMIENTO previstos y sancionados en los artículos: 42, 41 y 40 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana: LIGLED ANA GONZALEZ FERNANDEZ titular de la cédula de identidad N°V.-17.416.242, de conformidad con lo establecido en el artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal, y la remisión de las presentes actuaciones a la FISCALIA SEXTA del Ministerio Publico.....