DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuesto este JUZGADO SEGUNDO EN FUNCIÓN DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS, CON COMPETENCIA EN MATERIA DE LOS DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley ACUERDA MEDIDA DE PROTECCION, según lo establecido en el Artículo 87 Ordinales 4° de la Ley Orgánica sobre los Derechos de las Mujeres a una Vida libre de Violencia, referente a "reintegrar al domicilio a las mujeres víctimas de violencia, disponiendo la salida simultanea del presunto agresor, a favor de las Ciudadanas MILAGRO DEL CARMEN VILORIA y SATURNINA MARIA PEDROZO LARA, quienes son víctima en la causa No. 24F3-1201-08, que cursa por ante la Fiscalía Tercera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, se le notifica al ciudadano RAFAEL ÁNGEL PARRA PARRA, titular de la Cedula de identidad V.-1.686.206, que tiene que permitir el acceso a las ciudadanas MILAGRO DEL CAR.....