Por todo lo anteriormente expuesto este Juzgado Segundo En Funciones De Control, Audiencias Y Medidas Con Competencia En Delitos De Violencia Contra Las Mujeres De La Circunscripcion Judicial Del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CONDENA al Ciudadano LUIS FERNANDO PEÑATE por la comisión de los delitos de VIOLENCIA FISICA Y AMENAZA AGRAVADA, previsto y sancionado en el artículo 42 en su Segundo Aparte Y 41 en su último aparte, todos de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en perjuicio de la ciudadana YENDRI ARZUSA, en virtud de la REVOCATORIA de la Suspensión Condicional del Proceso en contra de la acusado de autos, por lo cual se REAUNUDÓ el proceso en su contra, de conformidad con el artículo 47, ordinales 1 y 3 de la norma adjetiva penal, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS OCHO (08) MESES DE PRISION MÁS LAS ACCCESORIAS DE LEY, establecidas en el artículo 16 de la Ley.....