Por todo lo anteriormente expuesto éste JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CON COMPETENCIA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Decreta: PRIMERO: REVOCAR LA MEDIDA DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, que se había decretado a favor del acusado de autos y en consecuencia se REANUDA EL PROCESO en contra del ciudadano HENRY MANUEL ARRIETA LAMBRAÑO, Titular de la Cedula de Identidad Nº V-14.484.090, por la comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA y AMENAZA, previsto y sancionado en el articulo 39 y 41 de la Ley Orgánica Sobre el derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de la ciudadana LUCILA PADILLA, a cumplir la pena de UN ( 01) AÑO Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, MÁS LAS PENAS ACCESORIAS DE LEY, ESTABLECIDAS EN EL ARTÍCULO 66 DE LA LEY ESPECIAL DE.....