este TRIBUNAL OCTAVO DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SE ABSTIENE DE REALIZAR LA HOMOLOGACIÓN del acuerdo transaccional presentado por los ciudadanos JORGE BERMUDEZ, CARLOS BRACHO, NOLMAN CARROZ, JESUS FONSECA, RAMON FUENTES, DARWIN GONZALEZ, PERCY ORTEGA, ELEAZAR PARRA, EDIXON RODRIGUEZ y LUIS SOTO, y la empresa VAMENCA, todos previamente identificados.
SEGUNDO: Se le concede a la representación judicial de la parte demandada, un lapso de cinco (5) días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a la presente publicación, a los fines de que presente instrumento poder con las facultades expresas para convenir, transigir y disponer del derecho en litigio, y ratificar el escrito de fecha 25 de octubre de 2012 realizado en nombre de su representada judici.....