DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este TRIBUNAL OCTAVO DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR en la pretensión de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES incoada por la ciudadana OLGA EMPERATRIZ LOPEZ GALUE, contra de la sociedad mercantil SPA LATINO PELUQUERÍA, C.A., ambas partes plenamente identificadas en las actas procesales.
SEGUNDO: Se ordena a la demandada SPA LATINO PELUQUERÍA, C.A a pagar a la ciudadana OLGA EMPERATRIZ LOPEZ GALUE la cantidad de DIECISÉIS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y TRES BOLÍVARES CON NOVENTA CÉNTIMOS (BsF. 16.273,9), expresados en el valor de la moneda después de la reconversión monetaria por los conceptos condenados a p.....