DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este TRIBUNAL OCTAVO DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la defensa de fondo opuesta por la Empresa demandada PDVSA, relativo a la Prescripción de la Acción
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la pretensión de prestaciones sociales y otros conceptos laborales incoada por el KIARINA THAITY LUBO SERRA contra de la sociedad mercantil PDVSA PETRÓLEO, S.A., ambas partes plenamente identificadas en las actas procesales.
TERCERO: Se condena a la parte demandada a pagar a la ciudadana KIARINA THAITY LUBO SERRA, la cantidad de VEINTIÚN MIL CUATROCIENTOS VEINTICUATRO BOLIVARES CON OCHENTA Y SIETE CENTIMOS (Bs.F. 21.424,87) (expresados en el valor de la moneda después de la reconve.....