PRIMERO: LA HOMOLOGACIÓN de la transacción realizada por la ciudadana LILIBETH VILLALOBOS BERROETA y las demandadas: sociedad mercantil INVERSIONES MC, C.A., y a título personal la ciudadana EVELINA ROSA TORRES HERRERA, todos plenamente identificados en las actas procesales, por la cantidad de OCHO MIL BOLÍVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 8.000,oo), que fueron cancelados en efectivo a la ciudadana actora.
SEGUNDO: El Tribunal ordena archivar el expediente por contar en autos el pago de la cantidad acordada en la presente transacción.
TERCERO: No hay condenatoria en costas procesales dada la naturaleza del presente fallo