este JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO REGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia por autoridad de la Ley, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, se declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad contra la Providencia Administrativa No 000337 de fecha 03 de diciembre de 2010, dictada por la Inspectoría del Trabajo del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, que declaro sin lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos interpuesta por el ciudadano MANUEL ANGEL GONZALEZ.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte perdidosa ciudadano MANUEL ÁNGEL GONZALEZ, de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, aplicado supletoriamente de conformidad a lo establecido en el artículo 31 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
TERCERO: De conformidad con lo establecido en el a.....