PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos anteriormente este JUZGADO OCTAVO DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano GREGORIO JOSE VILLASMIL GOMEZ contra el BANCO LATINO por concepto de Cobro de Prestaciones Sociales y Daño Moral.
SEGUNDO: No se condena en costas al actor en virtud de lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
TERCERO: Se ordena notificar mediante oficio a la Procuraduría General de la República de las resultas de la presente sentencia anexándose copia certificada de la misma una vez publicada, de conformidad con el artículo 97 del decreto con Rango de ley de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República
Se ordena expedir copia certificada de este Sentencia por Secretaria a los fines previ.....