este TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley: Declara:
PRIMERO: LA HOMOLOGACIÓN del acuerdo conciliatorio celebrado por el ciudadano NELIO SEGUNDO REYES y la demandada GLOBAL CONSULTANTS, C.A., todos plenamente identificados en las actas procesales, por la cantidad de CIEN MIL BOLÍVARES (Bs.100.000,oo), pagado mediante cheque de gerencia del Banco Nacional de Crédito, de fecha 27 de junio de 2012 a nombre del accionante. Otorgándole el carácter de cosa juzgada.
SEGUNDO: El Tribunal ordena el archivo el expediente, por constar el pago de las cantidades acordadas.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE.-
Déjese copia certificada por secretaria del presente fallo de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo esta.....