Se publico sentencia interlocutoria con fuerza de definitiva homologando el presente asunto. Dandole el caracter de cosa juzgada, ordenando el archivo definitivo.-Se dictó y publicó sentencia declarando: PRIMERO: SE HOMOLOGA el convenimiento celebrado entre la parte demandante ciudadana NIEVES RODRIGUEZ y las partes co-demandadas Sociedad Mercantil DISTRIBUIDORA FRUTAS Y HORTALIZAS, COMPAÑÍA ANONIMA y el ciudadano LEONARDO TORRES ANGULO; todos plenamente identificados en las actas procesales, por la cantidad de QUINCE MIL BOLÍVARES EXACTOS CON 00/100 CÉNTIMOS (Bs. 15.000,00); pasándola en autoridad de cosa juzgada. SEGUNDO: Se deja constancia que se da por terminado el presente asunto tanto en el físico como sistemáticamente. TERCERO: No hay condenatoria en costas, de conformidad con lo establecido en el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.