este Tribunal Décimo Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve lo siguiente:
1.-NIEGA EL PEDIMENTO FORMULADO POR LA REPRESENTACION JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA.
2.- SE DECLARA COMPETENTE POR EL TERRITORIO.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias, a los diecisiete (17) días del mes de enero de 2013. REGISTRESE Y PUBLIQUESE.
La Juez.
Abg. ANA AVILA AÑEZ
LA SECRETARIA
En la misma fecha siendo las diez (10:00) de la mañana se publicó la presente decisión.
LA SECRETARIA
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