este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 186 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; declara extemporáneo lo solicitado, por encontrarse fuera del lapso establecido, en el mencionado artículo, el cual reza: "Contra las decisiones del Juez en fase de ejecución, se admitirá recurso de apelación en un solo efecto, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes, contados a partir del acto que se impugna..." en consecuencia niega tal solicitud. Así se decide.
LA JUEZ
DRA. ANA AVILA
LA SECRETARIA,