LA HOMOLOGACIÓN del DESISTIMIENTO del PROCEDIMIENTO y DE LA ACCIÓN realizado en este asunto, con lo cual se pone fin al procedimiento de NULIDAD incoado por la sociedad mercantil C.A. CERVECERÍA REGIONAL contra la Providencia Administrativa N° 147 de fecha 15/06/2011, dictada por la Inspectoría del Trabajo de Maracaibo, Estado Zulia, que declaró Con Lugar la solicitud de Reenganche y Pago de Salarios caídos del ciudadano EDUARDO ANTONIO PIRELA HERNÁNDEZ, y al amparo cautelar incoado conjuntamente, se le da el carácter de cosa juzgada, y se ordena archivar el expediente.
No hay especial condenatoria en costas dada la naturaleza de lo decidido.