LA HOMOLOGACIÓN de la transacción y/o acuerdo de pago realizado en la cantidad de TREINTA MIL BOLÍVARES FUERTES (Bs.F.30.000,00) a favor del accionante; en el juicio incoado por el ciudadano ERNESTO LUIS RODRÍGUEZ MOLERO en contra del ciudadano ALEUDO ENRIQUE ANGÚLO GÓMEZ como Presidente de la Sociedad mercantil SERVICIOS ASISTENCIALES AN-MAR, C.A.,por Cobro de de PRESTACIÓN DE ANTIGÜEDAD Y OTROS CONCEPTOS LABORALES; se le da el carácter de cosa juzgada, y se ordenará archivar el expediente, una vez que conste el pago total y definitivo de lo acordado.
No hay especial condenatoria en costas dada la naturaleza de lo decidido.