PRIMERO: LA HOMOLOGACIÓN del desistimiento del procedimiento realizado en este asunto, por los ciudadanos YEXABEL ALMARZA, ANILED GONZÁLEZ, WILSON ORTEGA y RONALD REVEROL, en demanda por a cobro de dinero por prestación de antigüedad y otros conceptos laborales en contra de las empresas TRANSPORTE SERVICIO Y CONSTRUCCIÓN COMPAÑÍA ANÓNIMA (TRANSERCO, C.A.), TRANSPORTE ARELLANES, C.A., y BLINDACA SERVICIOS Y MANTENIMIENTO, C.A.
SEGUNDO: Como consecuencia de la aprobación dada al desistimiento del procedimiento, el acto realizado en causa adquiere el carácter de Cosa Juzgada.
No procede la condenatoria en COSTAS dada la naturaleza de lo decidido.