LA HOMOLOGACIÓN del acuerdo de Pago en la cantidad de CIENTO DIEZ MIL BOLÍVARES (Bs.110.000,00), por conceptos laborales, y de otro lado, el pago de TREINTA MIL BOLÍVARES (Bs.F.30.000,00), por honorarios profesionales de las apoderadas actoras, pagaderos el día 16/12/2011; en la presente causa que lleva el ciudadano WILLIAM GALVÁN, en contra de la sociedad mercantil REPARACIONES ELÉCTRICAS, MECÁNICAS, INDUSTRIALES, NAVALES, COMPAÑÍA ANÓNIMA, en el juicio por Cobro de Indemnizaciones por alegado Accidente de Trabajo; y se le da el carácter de cosa juzgada. Como consecuencia de la aprobación dada, este Juzgado declara terminado el presente juicio, y se ordena archivar el expediente toda vez que consta el pago total.
No hay especial condenatoria en costas dada la naturaleza de lo decidido.