- PROCEDENTE la pretensión de Amparo Constitucional incoada por la ciudadana MARVELLA DEL CARMEN ÁVILA GUTIÉRREZ, titular de la cédula de identidad N° 5.176.167, en contra de la GOBERNACIÓN DEL ESTADO ZULIA, a la cual se encuentra adscrita la Intendencia de Seguridad del Municipio Maracaibo; y en consecuencia:
- SE ORDENA a la GOBERNACIÓN DEL ESTADO ZULIA, a la cual se encuentra adscrita la Intendencia de Seguridad del Municipio Maracaibo del Estado Zulia cumpla con lo ordenado en la Providencia Administrativa N° 225, de fecha 29 de Junio de 2010, Expediente N° 042-2010-01-00241, que declaró CON LUGAR la Solicitud de REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAÍDOS incoada por la ciudadana MARVELLA DEL CARMEN ÁVILA GUTIÉRREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-5.176.167, en contra de La Gobernación del Estado Zulia, a la cual se encuentra adscrita la Intendencia de Seguridad del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, y en consecuencia de ello ordenó a la patronal r.....