Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR TERCERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada recurrente PETRÓLEOS DE VENEZUELA S.A., en contra de la decisión dictada en fecha 26 de mayo de 2011 por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas. SEGUNDO: SIN LUGAR la defensa previa de fondo opuesta por la sociedad mercantil PETRÓLEOS DE VENEZUELA S.A., referida a su Falta de Cualidad e Intereses para ser demandada por el ciudadano JORGE ENRIQUE FERRER DUNO, en base al cobro Prestaciones Sociales y otros Conceptos Laborales. TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano JORGE ENRIQUE FERRER DUNO en contra de la Empresa PETRÓLE.....