PARTE DISPOSITIVA
En consecuencia, por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR TERCERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la demandada recurrente en contra de la sentencia de fecha: 11 de marzo de 2009 dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en la Ciudad de Cabimas.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano OMAR ANTONIO LUNAR GRATEROL en contra de la ASOCIACIÓN DE COOPERATIVAS EPS, SOFACOL RS, por motivo de Cobro de Prestaciones Sociales y otros Conceptos Laborales.
TERCERO: SE CONFIRMA el fallo apelado.
CUARTO: HACE CONDENATORIA EN COSTAS a la demandada de conformidad con la norma prevista en el artículo 60 d.....