PRIMERO: SIN LUGAR la demanda incoada por el ciudadano HUGO DARIO OSORIO GONZÁLEZ contra la sociedad mercantil PRIDE INTERNATIONAL, C.A., por motivo de Cobro de Diferencia de Prestaciones Sociales, Indemnización por Enfermedad Profesional, Lucro Cesante y Daño Moral. SEGUNDO: NO SE CONDENA EN COSTAS a la parte demandante, ciudadano HUGO DARIO OSORIO GONZÁLEZ de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.