DISPOSITIVO
Por las consideraciones antes expuestas este Juzgado SUPERIOR TERCERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN CABIMAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la apelación interpuesta por la parte demandante recurrente los ciudadanos SERGIO ENRIQUE VALLES, YURIMA DEL CARMEN QUINTERO LOPEZ, LEONELLY ZABALA, GLADYS ANYRAM GUILLEN ALBARRAN, KARINA DEL VALLE EULACIO contra de la sentencia dictada en fecha 16 de Junio de 2016 por el Juzgado Noveno de Primero Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia con sede en Cabimas.
SEGUNDO: NO SE CONDENA EN COSTAS a la parte demandante recurrente en virtud de lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
TERCERO: QUEDA FIRME el fallo apelado.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo todo c.....