PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR TERCERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SE HOMOLOGA el convenimiento celebrado entre la ciudadana MARIA ALEJANDRA FIORITO, representada por su apoderado judicial, abogado JUAN ALVARADO y el abogado en ejercicio FERNANDO ARCENIO ROJAS ESCORCIA en su condición de Apoderado Judicial de la parte demandada, sociedad mercantil CEMENTACIONES PETROLERAS VENEZOLANAS, S.A. (CPVEN), se le imparte el carácter de COSA JUZGADA, y se ordena remitir el expediente al JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUSNCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN CABIMAS para que realice los trámites procesales correspondientes para su archivo definitivo.-
SEGUNDO: SE DECLARA CONSUMADO .....