PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR TERCERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada recurrente sociedad mercantil DRAGAS DEL SUR, C.A. (DRAGASUR), en contra del auto de fecha: 16 de abril de 2009, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas.
SEGUNDO: SE INADMITE la prueba de Inspección Judicial promovida por la parte demandada sociedad mercantil DRAGAS DEL SUR, C.A. (DRAGASUR), en la sede de la empresa anteriormente mencionada ubicada en la calle 1, antes Miranda, N° 5-117, San Carlos del Zulia, Municipio Colón del Estado Zulia.
TERCERO: SE CONFIRMA el auto apelado.
CUARTO: SE CONDENA EN COSTAS.....