PARTE DISPOSITIVA
Con fundamento y en fuerza de las consideraciones anteriores en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO SUPERIOR TERCERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN CABIMAS, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, administrando justicia por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CONSUMADO el desistimiento del Recurso de Apelación realizado por el Tercero Interviniente DESARROLLOS PIEDRAS BLANCAS C.A. (DEBLACA), en la persona de su representante judicial abogada MILEXY MILAGROS HERRERA MORLES, mediante diligencia de fecha: 21 de septiembre de 2010, por lo cual se le atribuye el carácter de Cosa Juzgada a dicho DESISTIMIENTO, en el Juicio que por Cobro de Diferencia de Prestaciones Sociales y otros Conceptos Laborales, intento el ciudadano YOARBIS RAFAEL CALDERON HERNÁNDEZ en contra de la Empresa DESARROLLOS PIEDRAS BLANCAS C.A. (DEBLACA). En consecuencia, se da por TERMINADO el procedimiento del recurso de apelación.....