Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR TERCERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada recurrente SUPERMERCADO DELICIAS C.A., en contra de la decisión dictada en acta de fecha 24 de mayo de 2011 por el Juzgado Noveno de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano ORLANDO ANTONIO ROJAS en contra de la Empresa SUPERMERCADO DELICIAS C.A., por motivo de Cobro de Prestaciones Sociales y otros Conceptos Laborales. TERCERO: SE CONFIRMA el fallo apelado.- CUARTO: SE CONDENA EN COSTAS a la parte demandada recurrente SUPERMERCADO DELICIAS C.A., en aplicación de lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley .....