PARTE DISPOSITIVA
Por las consideraciones antes expuestas este Juzgado SUPERIOR TERCERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN LA CIUDAD DE CABIMAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ORDENA:
PRIMERO: La remisión inmediata del presente asunto al Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, para que el mismo se pronuncie sobre la homologación o no del acuerdo transaccional celebrado por las partes en el presente asunto.
SEGUNDO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS, dada la naturaleza de lo aquí decidido.-
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, DÉJESE COPIA CERTIFICADA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 21 ORDINAL TERCERO Y REMÍTASE AL JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN CORRESPONDIENTE.-
Dada, sellada y firmada en la sala de Despacho del JUZGADO SUPERIOR.....