PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR TERCERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: QUEDA REVISADO EL MÉRITO DE LA PRESENTE CAUSA POR CONSULTA LEGAL OBLIGATORIA, en consecuencia, se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano ESILIO RAMÓN ARIAS GUTIÉRREZ en contra de la sociedad mercantil PDVSA PETRÓLEO S.A., por motivo de Cobro de Indemnizaciones por Enfermedad Ocupacional y otros conceptos laborales.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia apelada.
TERCERO: NO SE CONDENA en costa dada la naturaleza del presente fallo.
CUARTO: SE ORDENA la notificación del Procurador General de la República de conformidad con lo establecido en el 109 de dicha Ley, no obstante, los lapsos de los recursos a que hubiere lugar por las partes comenzarán a tra.....