Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR TERCERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación incoado por la parte co-demandada SERVICIOS SAN ANTONIO INTERNACIONAL C.A., en contra de la decisión dictada en fecha 01 de marzo de 2012 por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas. SEGUNDO: SIN LUGAR la defensa de fondo aducida por la parte co-demandada solidaria PDVSA PETRÓLEO S.A., referida a su Falta de Cualidad e Interés para sostener el presente juicio interpuesto por el ciudadano ÁNGEL ENRIQUE URDANETA AGUIRRE, en base al cobro de Diferencia de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales. TERCERO: SIN LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano ÁNGEL ENRIQUE URDANETA AGUIRRE,.....