DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, éste JUZGADO SUPERIOR TERCERO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN LA CIUDAD DE CABIMAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud de aclaratoria de sentencia interpuesta por la parte accionante del recurso contencioso de nulidad ciudadano MIGUEL ANTONIO MARCHAN QUINTERO en contra de la sentencia dictada y publicada por este Juzgado Superior del Trabajo, en los términos antes indicados.
SEGUNDO: NO SE CONDENA EN COSTAS dada la naturaleza de lo aquí decidido.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, OFÍCIESE Y DÉJESE COPIA DIGITAL en formato PDF para evitar su alteración, conforme al artículo 5 de la Resolución No.2016-0021 de fecha 14 de Diciembre de 2016 emanada del Tribunal Supremo de Justicia, mediante la cual se dictan "las normas de adecuación administrativas y tecnológicas que regularán los copiadores de sent.....